Este es el blog de Yezid Ricaurte, en donde compartimos videos y artículos relacionados con SST, GESTIÓN DE RIESGOS, SEGURIDAD SOCIAL y PESV.
La legislación de seguridad vial es de vital importancia para la protección de todas las personas que transitan en las vías públicas. Es por lo que la resolución 0595 del año 2022 dio un periodo de transición para la implementación del plan estratégico de seguridad vial en las empresas bajo la guía metodológica correspondiente. Este plan estratégico de seguridad vial es fundamental para todas las empresas que contraten o administren personal de conductores, ya que es necesario para garantizar la seguridad de los empleados y terceros en la vía pública. Además, esta ley incluye los cargos que requieren conducción, por lo que es vital que todas las empresas que administren dos o más personas que conduzcan para las actividades de la empresa implementen este plan. Cabe destacar que la metodología de implementación del plan estratégico de seguridad vial no requiere ser verificada, evaluada ni aprobada para estar implementada.
Sin embargo, es importante que se entienda cada aspecto de la guía metodológica para su correcta implementación. Es por eso que se han preparado una serie de videos cortos y mensajes más largos para aclarar cada aspecto de la guía metodológica correspondiente. Se recomienda a todos los lectores y espectadores que se suscriban, dejen comentarios y compartan los artículos y videos para tener una línea completa de temas sobre el plan estratégico de seguridad vial. Es importante que todas las empresas se comprometan con la implementación de este plan para garantizar la seguridad de todas las personas que transitan en las vías públicas. No esperemos a que sea demasiado tarde, tomemos medidas ahora para garantizar un futuro más seguro en nuestras carreteras.
Si soy mayor de 50 años y llevo cotizando en un fondo de pensión privado y quiero volver a Colpensiones ¿Se puede o no? ¿Qué se debe hacer? En este articulo aclararemos esas dudas. Tengo 55 años, varón, y estoy cotizando en un fondo privado, fui a Colpensiones para cambiarme y me indican que ya no me pueden recibir. ¿Es cierto? ¿Qué puedo hacer? Estoy cotizando hace 5 años sobre 4 SMMLV. Importante tener en cuenta dos aspectos, para pensionarse usted en Colombia cómo sexo masculino tiene que haber cumplido la edad de 62 años y por otro lado la mujer a los 57 años, es decir que las mujeres si desean cambiarse de régimen lo deben realizar antes de los 47 años de edad y lo hombres antes de los 52 años de edad deben cambiarse de régimen, este requisito solo será necesario para realizar un cambio de privado a público. Entonces si el señor tiene 55 años efectivamente de acuerdo con la ley 797 del 2003, el artículo 2º. Literal e. “El afiliado no podrá trasladarse de régimen cuando le faltaren diez (10) años o menos para cumplir la edad para tener derecho a la pensión de vejez.” Según lo anterior mencionado Colpensiones dio una respuesta correcta respecto a la solicitud del señor de 55 años, ya que este no cumplía con la correspondiente ley.
Pero acá es donde entra un fenómeno que ha sido recurrente últimamente y es que faltó algunas actividades específicas cuando los fondos de pensiones privados lo querían absorber como usuario de ellos enviándole la niña en minifalda y enviaban las peloticas antiestrés para que usted se pasará de régimen y no analizaron las consecuencias, por esa razón hoy a través de un proceso ordinario laboral se puede iniciar para que usted pueda volver a Colpensiones y la persona que gane más de dos salarios mínimos quede con una mejor pensión. Si la persona gana un salario mínimo se va a pensionar con un salario mínimo en el fondo privado y/o en el fondo público, si gana entre 2 a 4 salarios mínimos de acuerdo con los cálculos va a ganar o va a tener una mejor pensión en el fondo público. Entonces si una persona desea volver al fondo público, se podría lograr a través de un proceso ordinario con abogado, recuerde si va a solicitar su pensión que cumple con todos los requisitos no necesita un abogado, pero, si usted va iniciar un proceso ordinario dado que se le paso el tiempo y estuvo en Colpensiones para posteriormente cambiarse al fondo privado del cual hace parte actualmente, y ahora quiere volver al fondo público (Colpensiones), se necesita realizar por medio de un proceso ordinario el cual requiere un abogado.
La Resolución 754 de 2021 establece los procedimientos y requisitos que deben cumplir las personas naturales y jurídicas para obtener una licencia en seguridad y salud en el trabajo (SST). Esta norma es clave para garantizar que las empresas y profesionales del sector cumplan con las regulaciones necesarias para operar en el ámbito de la SST.Inicialmente, el proyecto de resolución incluía un parágrafo que permitía al Ministerio de Salud cambiar las reglas sin necesidad de un nuevo acto administrativo, lo que generaba una inseguridad jurídica. Gracias a las gestiones de diversas empresas y de la Asociación Colombiana de Empresas de Seguridad y Salud en el Trabajo (ASOCES), se logró eliminar este parágrafo, asegurando una mayor estabilidad en las normas aplicables.Entre las disposiciones destacadas, la resolución garantiza que los procesos de expedición, renovación y cambios de licencia sean gratuitos en todo el país, algo que no estaba claramente especificado en la normativa anterior (Resolución 4502 de 2012). Además, se mantiene la cobertura nacional para las licencias en SST, lo que permite a las empresas ofrecer sus servicios en cualquier parte de Colombia sin la necesidad de abrir sedes en cada departamento.
En cuanto a los requisitos de formación, se especifica que solo los profesionales y especialistas pueden diseñar sistemas de gestión de SST. Los técnicos y tecnólogos, aunque juegan un rol importante, están limitados a actividades de apoyo, capacitación y educación. Es crucial entender que cualquier cambio en la formación académica implicará la necesidad de obtener una nueva licencia. Por ejemplo, si un tecnólogo se especializa posteriormente, deberá solicitar una licencia como especialista. Finalmente, la Resolución 754 derogará la 4502 de 2012, pero esto sucederá una vez que entre en vigor, lo cual se dará seis meses después de que el Ministerio de Salud disponga el aplicativo web necesario para la implementación de la normativa. Esta transición es importante para que las empresas y profesionales puedan ajustarse a los nuevos requisitos sin interrupciones en su actividad.
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